La cláusula anticorrupción en la contratación mercantil

Artículo del Prof. Diego Thomás Castagnino, quien analiza la incorporación de clausulas anticorrupción en el ámbito empresarial, siendo consideradas en los contratos mercantiles.

«LA CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN EN LA CONTRATACIÓN MERCANTIL»

Los antecedentes de la corrupción se pierden en el tiempo. La historia ha demostrado que la corrupción existe prácticamente desde el mismo momento en que el hombre comenzó a poblar la tierra. Por ejemplo, la Biblia señala como los filisteos corrompieron con dinero a Dalila, la concubina de Sansón, a fin de que lo traicionara y les hiciera saber la explicación de su extraordinaria fuerza; los grandes filósofos Platón, Sócrates y Aristóteles manifestaron su preocupación por los conceptos de justicia y moral; y no cabe dudas de que la corrupción fue un hecho relevante en la Roma de los Césares y en la Revolución Francesa[1].

El Libertador Simón Bolívar el 12 de enero de 1824, decretó la pena de muerte para todos los funcionarios públicos que malversaran o tomaran para sí parte de los fondos de la nación, medida que justificó al considerar que la corrupción era “una de las principales causas de los desastres en que se ha visto envuelta la República” y que “el único medio de extirpar radicalmente este desorden es dictar medidas fuertes y extraordinarias”.

En la historia reciente el problema persiste, y el mundo empresarial no ha sido ajeno a este flagelo, empresas como Siemens, Enron, Parmalat, Lehman Brothers, Walmart, Volkswagen, FIFA, Teva Pharmaceutical Industries Limited, y más recientemente, la constructora brasileña Odebrecht, se han visto envueltas en escándalos por corrupción.

Acabar con la corrupción se está convirtiendo en una prioridad máxima para los Estados y para las empresas. La lucha contra la corrupción es una labor que debe emprenderse de manera conjunta entre el Estado, las empresas, las escuelas, universidades y el hogar.

Las empresas se han tomado en serio el tema, algunas por temor a las estrictas sanciones, otras por estar genuinamente comprometidas con la causa.

[1] ORLANDO. Freddy J. “Contribución al estudio de la legislación venezolana dirigida a sancionar los hechos de corrupción”. Universidad Central de Venezuela. Universidad Católica Andrés Bello. Caracas. 2011, p. 34.

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