Tulio Ramírez
POR EN MAY 13, 2022
Indagando sobre las diferentes posiciones en torno a la posible promulgación de una nueva Ley de Educación Universitaria, nos encontramos con que existe un acuerdo generalizado sobre la necesidad de derogar la ley vigente y aprobar un nuevo régimen legal para el sector.
Diferentes voceros han coincidido en señalar que la razón más poderosa para derogar la Ley vigente, es debido a que, cito, “es muy vieja y hay que actualizarla”. Según este argumento pareciera que las leyes envejecen y hay que jubilarlas. Así entonces, reduciendo al absurdo, por seniles, deberían ir al asilo a vivir un digno retiro, porque constituyen una carga y dejaron de ser útiles.
No es nuestra intención caricaturizar el estado de la discusión. Todas las opiniones son respetables, pero no exentas a incurrir en exageraciones o en francos errores.
Las leyes, por principio, tienen vocación de permanencia en el tiempo, a menos que en su texto incluyan de manera clara, una fecha a partir de la cual pierden vigencia. Es lo que llamaba Kelsen la “Derogación Explícita de las Leyes”. Son instrumentos legales para ser aplicados durante un tiempo determinado, bien porque reglamentan una transición o bien porque surgen en virtud de una necesidad temporal que, al ser resuelta, conlleva su derogación.
Este no es el caso de la Ley de Universidades vigente. Pero no entremos en esta polémica aparentemente interesante, pero inútil. El argumento sobre la senilidad de la Ley vigente tantas veces esgrimido, no es suficiente para derogarla, sobre todo porque ella misma no trajo fecha de caducidad. Al no traerla, deben considerarse otras razones para proceder a pensar en su sustitución. Volvamos a Kelsen.
Para este importante creador de la pirámide que lleva su nombre y que ha servido de referencia en todas las escuelas de derecho del mundo, las leyes, más que por el solo paso del tiempo, son derogadas cuando dejan de ser eficaces, vale decir, cuando ya no son cumplidas por aquellos que deberían cumplirlas o porque las sanciones que deben aplicarse por su no cumplimiento, no se aplican por quienes deberían hacerlo. Para esto no hay tiempos previsibles ni oráculos que lo determinen.
Una ley podrá dejar de ser eficaz cuando las circunstancias que justificaron su promulgación cambiaron de tal manera, que la hacen poco útil, eficaz o conveniente. Estos cambios pueden ser políticos, tecnológicos, científicos, culturales o de cualquier otra naturaleza que hagan que la ley caiga en desuso por imposible cumplimiento o por inoportuna o inconveniente. Esto puede suceder en meses o en 100 años, no lo sabremos sino cuando suceda.
Con respecto al caso que nos ocupa, una argumentación más válida podría ser que ha habido situaciones en la dinámica de nuestras instituciones universitarias que no fueron previstas en la Ley y que es necesario legislar sobre ellas. La Ley vigente es de 1959 con reformas en los años 70 y de allá a nuestros días ha corrido mucha agua debajo de ese puente. Esto obligaría a revisar la eficacia actual del cuerpo normativo que rige la educación universitaria en el país.
Es el caso por ejemplo, de la organización interna de las universidades. La ley vigente ordena a las universidades nacionales organizarse con base a facultades, escuelas, departamentos, cátedras e institutos según el área de conocimiento. Esta estructura es totalmente disciplinaria y evita cualquier iniciativa de formación donde confluyan diferentes disciplinas. Hoy, hay formas organizativas más eficientes y que además contribuyen a crear opciones más cercanas a la inter y transdisciplinariedad del conocimiento que es por donde va la ciencia moderna. Las organizaciones matriciales y no por facultades separadas unas de otras, contribuyen a ello.
Otro tema que está poco desarrollado es el referido a los postgrados. En la actual sociedad del conocimiento, los estudios más avanzados adquieren un protagonismo principalísimo como generadores de tecnologías y nuevos conocimientos. En la Ley actual el desarrollo en esta materia es marginal con respecto a otros temas.
También hay poco desarrollo sobre el financiamiento de las IES (Instituciones de Educación Superior) públicas, lo cual constituye una limitante para crear soluciones que atiendan a la sostenibilidad financiera de estas instituciones. La ley vigente hace descansar en el presupuesto nacional el financiamiento y entraba cualquier posibilidad de obtención de recursos por vías alternativas. La consecuencia en tiempos de crisis económica es la que estamos viviendo hoy día, las universidades se caen a pedazos y los sueldos de los universitarios se desplomaron totalmente.
En otro orden de ideas, una nueva Ley se podría aprovechar para eliminar esas odiosas figuras como lo son las de universidades experimentales, sin autonomía y universidades autónomas, pero con restricciones legales para experimentar sobre sí mismas. En lo particular, propondría que una nueva ley reconociera la autonomía de todas las IES, y a todas otorgarles carácter experimental, en aras de esa misma autonomía.
Otro aspecto que se debe tratar en una nueva ley, es el referido a los Estudios a Distancia, en Línea o francamente Virtuales. Es cierto que desde hace varios años se está intentando normar a la educación a distancia a través de instrumentos jurídicos sublegales que intentan poner cierto orden a las iniciativas que, de manera desigual y diferenciada, se han desarrollado en algunas instituciones universitarias de nuestro país. Una nueva Ley de educación universitaria debe establecer sobre esta materia, lineamientos claros, prácticos y flexibles. y no reglamentistas.
Temas como los mencionados, justificarían pensar en elaborar una nueva Ley de Educación Universitaria. Los cambios normativos que deben realizarse van más allá de una enmienda o una reforma a la ley vigente. Se trata de pensar a la universidad en función de las posibilidades de desarrollo hacia un futuro que está cada vez más cercano, o hecho realidad en los países más avanzados.
Sin embargo, el asunto no es tan fácil como lo pintan. Pese a que Tirios y Troyanos coinciden en la necesidad de elaborar una nueva la ley de universidades, la realidad es que las motivaciones para hacerlo parecieran andar por caminos diferentes.
Mientras un sector ve en esta derogación una oportunidad para el crecimiento de nuestras instituciones; para otros, en cambio, la intención es crear un nuevo dispositivo legal para lograr un mayor control, para asfixiar o tutelar la autonomía, para sustituir la meritocracia y el autorictas académico por una democracia asambleísta y tumultuaria donde no se confronten las ideas.
La experiencia vivida con la vetada Ley de Educación Universitaria de 2010 ha sido emblemática. La intención de los sectores ligados al gobierno del Socialismo del Siglo XXI ha sido convertir a unas instituciones que por su naturaleza deben ser críticas, en organizaciones controladas y plegadas a los dictados del poder, con lo cual se desnaturalizaría su ethos como centro para la libre creación intelectual y para la formación de un pensamiento crítico.